Calculadora de pensión de jubilación 2026: edad y cuantía
En 2026 la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 10 meses, o de 65 con 38 años y 3 meses cotizados o más.
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Calcula tu edad de jubilación y tu pensión
Estimación orientativa: la Seguridad Social calcula la pensión con tu historial completo de cotizaciones, actualiza las bases con el IPC y es quien la reconoce. No es asesoramiento legal.
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Un caso resuelto
Carmen nació el 1 de febrero de 1963, lleva 37 años cotizados, sigue de alta en su empresa y quiere jubilarse por decisión propia el 1 de febrero de 2028, cuando cumple 65 años. Su base ronda los 2.200 € al mes. La cuenta no suma lo que cotice hasta entonces: no cambiaría el resultado.
Como no llega al umbral de 2027 para jubilarse a los 65, su edad ordinaria es de 67 años, que cumple el 1 de febrero de 2030; en 2028 se adelanta el máximo de la anticipada voluntaria, 24 meses, para la que tiene más de los 35 años cotizados que pide.
En 2028 la base reguladora suma las 306 bases más altas de los últimos 312 meses y las divide entre 357: 2.200 € × 306 ÷ 357 = 1.885,71 €. Las bases descartadas son un cálculo propio: meses del período menos bases que se toman. Con sus 37 años cotizados le dan la base reguladora entera, sin recorte por tiempo.
Su coeficiente reductor es del 21 %: 1.885,71 € × (1 − 21 %) = 1.489,71 € al mes, 20.856,00 € al año. Puede adelantarse porque supera la pensión mínima sin cónyuge a los 65 años, 936,20 €. El importe mensual es un cálculo propio: el anual del BOE entre catorce pagas.
Cómo se calcula
1. Edad ordinaria. Sale del tiempo cotizado en la fecha en que te jubilas, con la tabla de ese año (DT 7.ª LGSS). Si a los 65 años no llegas al período pero sigues cotizando, te jubilas sin recorte el día que lo alcanzas.
| Período cotizado | Edad en 2026 | Edad desde 2027 |
|---|---|---|
| En 2026: 38 años y 3 meses o más. Desde 2027: 38 años y 6 meses o más. | 65 años | 65 años |
| En 2026: menos de 38 años y 3 meses. Desde 2027: menos de 38 años y 6 meses. | 66 años y 10 meses | 67 años |
Fuente: DT 7.ª LGSS. Revisado el 8 de octubre de 2026. Para el cómputo de los períodos de cotización se toman años y meses completos, sin que se equiparen a ellos las fracciones, y no se cuenta la parte proporcional de las pagas extraordinarias (art. 205.1.a de la LGSS).
2. Derecho. Hacen falta 15 años cotizados, 2 años de ellos en los 15 años anteriores (art. 205.1.b) LGSS).
3. Base reguladora. Cada año se miran más meses, se descartan más bases bajas y sube el divisor, que incluye las pagas extra (DT 40.ª LGSS). Si el cálculo anterior te da más, se aplica de oficio; la calculadora hace las dos cuentas.
4. Porcentaje. Los primeros 15 años dan el 50 % y cada mes de más suma según la escala de tu año (DT 9.ª LGSS).
| Período cotizado | Porcentaje |
|---|---|
| Pensiones que empiezan en 2026 | |
| Los primeros quince años | 50 % |
| Meses 1 a 49 a partir de los quince años | 0,21 % por mes |
| Meses 50 a 258 a partir de los quince años | 0,19 % por mes |
| Con 36 años y 6 meses cotizados o más Cifra de cálculo propio con la escala de la ley, que no escribe el total de meses. | 100 % |
| Pensiones que empiezan desde 2027 | |
| Los primeros quince años | 50 % |
| Meses 1 a 248 a partir de los quince años | 0,19 % por mes |
| Meses 249 a 264 a partir de los quince años | 0,18 % por mes |
| Con 37 años cotizados o más misma salvedad | 100 % |
Fuente: LGSS · DT 9.ª LGSS. Revisado el 8 de octubre de 2026. Los porcentajes de cada mes se suman al de los primeros quince años, con un máximo del 100 %.
5. Adelanto o demora. Antes de tu edad ordinaria, la pensión baja según los meses de adelanto (la fracción cuenta como mes entero) y lo cotizado; si supera la máxima, el recorte va sobre la máxima. Si te jubilas después, cada año completo cotizado suma un 4 % (art. 210.2 LGSS).
| Modalidad | Adelanto máximo | Cotización mínima | Reducción con menos de 38 años y 6 meses cotizados | Reducción de 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses cotizados | Reducción de 41 años y 6 meses a 44 años y 6 meses cotizados | Reducción con 44 años y 6 meses o más cotizados |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Voluntaria | 24 meses | 35 años | 21 % | 19 % | 17 % | 13 % |
| Involuntaria (despido y otras causas ajenas a tu voluntad) | 48 meses | 33 años | 30 % | 28 % | 26 % | 24 % |
Fuente: art. 208 LGSS · art. 207 LGSS. Revisado el 8 de octubre de 2026. La reducción depende de los meses que adelantes y del tiempo cotizado; aquí figura la del adelanto máximo de cada modalidad.
6. Topes. Nada pasa de la máxima salvo el complemento por hijos; por debajo de la mínima, la calculadora te avisa del complemento a mínimos, que depende de tus otros ingresos.
| Concepto | Mensual | Anual |
|---|---|---|
| Pensión máxima | 3.359,60 € | 47.034,40 € |
| Pensión mínima con 65 años o más, con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Pensión mínima con 65 años o más, sin cónyuge | 936,20 € | 13.106,80 € |
| Pensión mínima con 65 años o más, con cónyuge no a cargo | 888,70 € | 12.441,80 € |
| Pensión mínima con menos de 65 años, con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Pensión mínima con menos de 65 años, sin cónyuge | 875,90 € | 12.262,60 € |
| Pensión mínima con menos de 65 años, con cónyuge no a cargo | 827,90 € | 11.590,60 € |
| Complemento por brecha de género, por cada hijo | 36,90 € | — |
| Ingresos máximos para el complemento a mínimos, sin cónyuge | — | 9.442,00 € |
| Ingresos máximos para el complemento a mínimos, con cónyuge a cargo | — | 11.013,00 € |
Fuente: LGSS · RD 241/2026, art. 12. Revisado el 8 de octubre de 2026. Importes de 2026, en 14 pagas al año. Se revalorizan cada enero. El importe mensual es un cálculo propio: el anual del BOE entre catorce pagas.
Lo que no calcula: la actualización de tus bases con el IPC que hace la Seguridad Social (la base real suele salir más alta), el relleno de meses sin cotizar, el pago único de la demora, la jubilación parcial o flexible y la revalorización de años futuros.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar la pensión completa?
36 años y 6 meses en 2026 y 37 años desde 2027; con menos cobras una parte de tu base reguladora. misma salvedad
¿Cuál es la pensión máxima de jubilación en 2026?
Es de 3.359,60 € en 14 pagas, aunque tu base reguladora dé más.
¿Cuánto se pierde con la jubilación anticipada?
Con el adelanto máximo de la jubilación voluntaria pierdes entre un 13 % y un 21 % de la pensión, para siempre.
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Fuentes oficiales
Normas y publicaciones oficiales de las que sale cada cifra de esta página.
- RD 241/2026, anexo IBOE · BOE-A-2026-6977
- RD 241/2026, art. 12
- RD 241/2026, art. 3.1
- RD 241/2026, arts. 9 y 10
- LGSSBOE · BOE-A-2015-11724 · de 30 de octubre de 2015
- art. 205.1.a) LGSS
- art. 205.1.b) LGSS
- art. 207 LGSS
- art. 208 LGSS
- art. 209.1 LGSS (redacción de 2023)
- art. 210.1 LGSS
- art. 210.2 LGSS
- art. 210.3 y 210.4 LGSS
- art. 60 LGSS
- DT 40.ª LGSS
- DT 4.ª.7 LGSS
- DT 7.ª LGSS
- DT 9.ª LGSS
Textos consolidados consultados entre el 26/08/2026 y el 08/10/2026.